Permisos para la formación

Regulación
·         Personal funcionario: Acuerdo General (anexo X-I)
·         Personal laboral: III Convenio Colectivo de Correos. (Artículo 99.3)


Con carácter retribuido
• Durante el tiempo necesario para acudir a exámenes finales y pruebas de aptitud y evaluación para la obtención de un título académico o profesional.
• 40 horas al año como máximo para cursos de perfeccionamiento profesional cuando el contenido del mismo esté directamente relacionado con el puesto de trabajo (percepción retribuciones básicas).

No retribuido
Permiso no retribuido para estudios, de una duración máxima de tres meses en dos años, siempre que la gestión del servicio o la organización del trabajo lo permitan.

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