Regulación
-
Personal funcionario: Acuerdo General (anexos IV-I y
IV-II)
-
Personal laboral: III Convenio Colectivo Correos (Art. 50 a 54)
JORNADA
(anexo IV-I)
·
Jornada
anual: 1711 horas.
·
(*) Promedio semanal: 37.5 horas en cómputo trisemanal.
· (*) Distribución: Con carácter general, la jornada diaria no
superará las 7 horas. El resto hasta las 37.5 semanales, se redistribuirá de
lunes a viernes o se completarán en sábados (1 de cada 3 con carácter general),
salvo en el ámbito de distribución donde queda suprimido el servicio en sábados.
·
Descanso: Si la jornada
laboral supera las 5 horas, se tiene derecho a 20 minutos de descanso. Con
carácter general se disfrutará entre la segunda y la cuarta hora.
· Modificaciones
de jornadas, horarios y/o turnos: Correos podrá implantar cambios que
supongan una modificación sustancial colectiva de jornadas, horarios y/o
turnos, previo sometimiento a su examen por la Comisión de Tiempo de Trabajo, o
por las Comisiones de Empleo Provinciales (sólo los sindicatos firmantes),
justificándolas por aumento o disminución del tráfico postal y las cargas de
trabajo o la variación de los horarios de las rutas de transporte y
distribución.
(*) IMPORTANTE: Si el acuerdo plurianual llega a desarrollarse, la
redacción del Convenio y de los Acuerdos Generales ha de modificarse. En este
sentido, en el calendario laboral de 2019 ya solo aparece el computo semanal de
las 37,5 horas y desaparecen tanto el máximo diario de 7 horas con carácter
general como la distribución de jornada en sábados.
Calendario (anexo IV-II)
En el último trimestre de cada año, se
concretará el calendario laboral con la determinación de festivos y del periodo
vacacional general. En cada centro de trabajo se elaborará un calendario que
incluirá la forma de determinación de las vacaciones del personal adscrito al
centro de trabajo, de forma que, al menos con un período de dos meses de
antelación al comienzo de su disfrute, el personal afectado conozca el mismo y
los turnos y horarios que rigen en cada centro de trabajo en función de sus
peculiaridades y actividad productiva.
Festivos de
2022ko jaiegunak
URTARRILAK 1 enero
URTARRILAK 6 enero
APIRILAK 14 abril
APIRILAK 15 abril
APIRILAK 18 abril
UZTAILA 25 julio
ABUZTUA 15 agosto
IRAILA 6 septiembre
URRIA 12 octubre
AZAROA 1 noviembre
ABENDUAK 6 diciembre
ABENDUAK 6 diciembre
ABENDUAK 8 diciembre
A estas fiestas hay que
añadirle la fiesta local y las provinciales:
- Araba: apirila 28 abril
- Bizkaia: uztaila 4 julio
- Gipuzkoa: iraila 9 septiembre.
Festivos de 2023ko jaiegunak
URTARRILAK 6 enero
APIRILAK 6 abril
APIRILAK 7 abril
APIRILAK 10 abril
MAIZTZAK 1 mayo
UZTAILA 25 julio
ABUZTUA 15 agosto
URRIA 12 octubre
AZAROA 1 noviembre
ABENDUAK 6 diciembre
ABENDUAK 6 diciembre
ABENDUAK 8 diciembre
ABENDUAK 25 diciembre
A estas fiestas hay que añadirle la fiesta local y las provinciales:
- Araba: apirila 28 abril.
- Bizkaia: uztailak 31 julio.
- Gipuzkoa: uztailak 31 julio.
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